Artículo 51 º -Tipos de Beca de Secundaria: JUDESUR otorgará becas de secundaria de cinco tipos:

 

Beca Tipo A: No Reembolsable para estudiantes de secundaria de escasos recursos económicos residentes en los cinco cantones de la Zona Sur establecidos en la Ley Nº 9356 y que cumplan lo establecido en el artículo Nº.53 del presente reglamento.

 

Beca Tipo B: Premio a la Excelencia: No Reembolsables anuales, para los estudiantes de secundaria con el mejor promedio de notas en cada cantón. Para estos beneficiarios el promedio a obtener deberá ser no menor a 95, en caso de presentarse empate entre estudiantes se otorgará el premio a ambos estudiantes. El monto de esta beca será de acuerdo al nivel académico que cursó el beneficiario en el cual se le otorgó la categoría de mejor promedio del cantón que corresponda.

 

Beca Tipo C: Beca Deportiva: No Reembolsable anual, para los estudiantes de secundaria residentes y matriculados en alguno de los Colegio ubicados en cualquiera de los cantones de injerencia geográfica de JUDESUR a saber Golfito, Corredores, Coto Brus, Osa y Buenos Aires; que hayan sido ganadores del primer lugar a nivel nacional, en alguna categoría de los Juegos Deportivos Nacionales organizados por el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER). El monto de esta beca será determinado por acuerdo de Junta Directiva propuesto por la Jefatura de Operaciones, sujeto a contenido presupuestario; en caso de que existan varios ganadores por cantón la beca se distribuirá en partes iguales, ya que la cantidad de ganadores es variable y los recursos son limitados.

 

Beca Tipo D: Premio Pre-Universitario: No Reembolsable anual por cantón, se otorgará una beca al estudiante que haya obtenido el mayor puntaje en los exámenes de admisión a las Universidades Públicas y que sea residente en alguno de los cinco cantones de la Zona Sur a nivel cantonal. Para este beneficio el promedio a obtener deberá ser no menor a 95. En caso de presentarse empate entre estudiantes se otorgará el premio a ambos estudiantes. El monto de esta Beca será igual al monto destinado a los estudiantes a nivel de duodécimo de los colegios técnicos beneficiados por el Programa de Becas de JUDESUR.

 

Beca Tipo E: Premio a la excelencia del sector indígena: No Reembolsables anuales, para los estudiantes de secundaria con el mejor promedio de notas, pertenecientes a los Colegios en sectores Indígenas. Se otorgará un beneficio por cada Regional del MEP que contengan Colegios en sectores indígenas y que se encuentren ubicados en los cantones de influencia de JUDESUR. Para estos beneficiarios el promedio a obtener deberá ser no menor a 95, en caso de presentarse empate entre estudiantes se otorgará el premio a ambos estudiantes.

 

Requisitos para Obtener Becas de Secundaria

 

 

Artículo 53° – Requisitos para obtener Beca (Tipo A/B/C/D/E)

 

Para tener derecho a los beneficios de la beca para secundaria tipo A los estudiantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

 

  1. Presentar, como fecha límite el último día hábil del mes de abril de cada año ante el Departamento de Operaciones, la solicitud completa, con los documentos que comprueben, el cumplimiento de los requisitos que fija el presente Reglamento. No se tramitarán las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido en la primera línea del presente inciso, ni las que se tramiten sm utilizar el Formulario correspondiente ( formularioNº 01).
  2. Ser costarricense o extranjero menor de edad; residente en cualquiera de los cinco cantones de la Zona Sur de la provincia de Puntarenas a saber: Golfito, Osa, Corredores, Buenos Aires y Coto Brus.
  3. Calificar como estudiante de escaso recurso económico; debidamente comprobado. Lo anterior mediante la aplicación del instrumento que JUDESUR determine para tales efectos. Se excluyen de este requisito los estudiantes residentes en Territorios indígenas, para lo cual deberán presentar una constancia que forman parte de ese territorio emitida por el consejo de mayores o Asociación de Desarrollo respectiva.
  4. Estar matriculado en un centro educativo de secundaria, en uno de los cinco cantones señalados en el punto b ), requisito que debe estar debidamente acreditado por medio de una constancia emitida por el Colegio respectivo.
  5. Los estudiantes matriculados en Colegios Científicos deberán cumplir con todos los requisitos para calificar por la Beca tipo A, a excepción del punto e) del presente artículo, donde deberá presentar únicamente la constancia de matrícula del Colegio, aunque esté no se encuentre ubicado en territorio de acción geográfica de JUDESUR, el beneficiario si debe ser residente de los cantones mencionados en el inciso b) del presente artículo.
  6. Aportar copia de las calificaciones o constancia de notas del año anterior.
  7. En caso de poseer alguna situación de discapacidad debe presentar la debida certificación que lo demuestre emitida por la institución respectiva.
  8. Presentar la cédula de identidad del solicitante en buen estado.
  9. Presentar la cédula de identidad del padre, madre o encargado según corresponda.
  10. El solicitante deberá tener una cuenta en colones en cualquier Institución del Sistema Bancario Nacional, con el fin de depositar los desembolsos de la beca. Deberá de presentar a JUDESUR el comprobante original con el número de cuenta extendido por la institución emisora, inmediatamente después de aprobada la beca.

 

Para tener derecho a los beneficios de la beca para secundaria tipo B, los estudiantes deberán cumplir como requisito lo siguiente:

 

  1. Presentar la cédula de identidad del solicitante en buen estado.
  2. Certificación de la Dirección Regional del Ministerio de Educación Pública que demuestre que es el estudiante que posee el mejor promedio académico del Cantón, donde cursa sus estudios secundarios.
  3. Fotocopia del comprobante con el número de cuenta extendido por la institución emisora.

 

 

Para tener derecho a los beneficios de la beca para secundaria tipo C, los estudiantes deberán cumplir como requisito lo siguiente:

 

  1. Presentar la cédula de identidad del solicitante en buen estado.
  2. Certificación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación
  3. (ICODER) que demuestre que fue ganador(a) del primer lugar a nivel nacional, en alguna categoría de los Juegos Deportivos Nacionales.
  4. Fotocopia del comprobante con el número de cuenta extendido por la institución emisora.

 

Para tener derecho a los beneficios de la beca para secundaria tipo D, los estudiantes deberán cumplir como requisito lo siguiente:

 

  1. Presentar la cédula de identidad del solicitante en buen estado.
  2. Certificación de la Universidad que corresponda que demuestre que haya obtenido el mayor puntaje en los exámenes de admisión a las Universidades Públicas.
  3. Fotocopia del comprobante con el número de cuenta extendido por la institución emisora.

 

Para tener derecho a los beneficios de la beca para secundaria tipo E, los estudiantes deberán cumplir como requisito lo siguiente:

 

  1. Presentar la cédula de identidad del solicitante en buen estado.
  2. Ce1tificación de la Dirección Regional del Ministerio de Educación Pública que demuestre que es el estudiante que posee el mejor promedio académico de los Colegios ubicados en territorios indígenas.
  3. Fotocopia del comprobante con el número de cuenta extendido por la institución emisora.

 

Se otorgará un beneficio para la Regional de Grande de Térraba y otro beneficio para la Regional de Coto.

 

Los estudiantes con beca de secundaria tipo A con beneficio aprobado de niveles anteriores deberán presentar los siguientes requisitos para el proceso de renovación de la beca:

  1. Fotocopia de la boleta de calificaciones del año anterior.
  2. Constancia de matrícula emitida por el colegio respectivo que indique el nivel matriculado.
  3. Haber aprobado el curso lectivo.

 

Cuando exista duda o denuncias sobre la condición socioeconómica de algún beneficiario de beca tipo A; la trabajadora social realizará un informe socioeconómico, y mediante resolución administrativa razonada se eliminará el beneficio otorgado en caso que corresponda.

 

Factores de Calificación

 

 

Artículo 58° -Factores de calificación para las Becas de Secundaria.

 

Los factores que intervienen en la calificación de la solicitud de las becas para estudiantes de secundaria son los siguientes:

  1. Rendimiento Académico (Anexo Nº 2 Parámetros de calificación no reembolsable).
  2. Puntaje de acuerdo al Grupo al que pertenece, según la Ficha de Inclusión Social y los parámetros Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios Del Estado (SINIRUBE).
  3. Índice de Desarrollo Social del distrito de procedencia (Anexo Nº 2 Parámetros de calificación no reembolsable).

Requisitos para Mantener la Becas de Secundaria

 

Artículo 54° -Requisitos para mantener la beca de secundaria.

 

Para que el beneficiario mantenga el beneficio de la beca para secundaria tipo A, se requerirá que éste:

 

  1. Conserve una situación socioeconómica que amerite el beneficio de la beca. El beneficiario estará obligado a informar al Departamento de Operaciones de cualquier cambio en su condición socioeconómica.
  2. Presentar, dentro de los treinta días naturales siguientes, al inicio de cada período lectivo o cuando JUDESUR lo solicite, una constancia nominal, emitida por la dirección de cada centro educativo, donde se indique que, a la fecha, los beneficiarios son alumnos regulares de la institución, además el alumno deberá aportar al inicio de cada curso lectivo las calificaciones obtenidas el año anterior, en caso contrario se suspenderá el beneficio de la beca que recibía de parte de JUDESUR por el curso lectivo correspondiente.
  3. Presentar, en un plazo máximo de 15 días naturales una vez concluido cada período lectivo, la fotocopia de Boleta de Calificaciones, en caso contrario se suspenderá temporalmente y hasta la presentación de dicha boleta la beca que recibía de parte de JUDESUR.

 

Los estudiantes de secundaria que el curso anterior recibieron el beneficio de la beca tipo B, gozaran el año siguiente del beneficio si continúan manteniendo la condición de «Mejor Promedio Académico» del cantón en que residen, de acuerdo a la certificación de la Dirección Regional del Ministerio de Educación Pública.

 

Artículo 55° -Estudiantes en situación de discapacidad.

 

Los estudiantes con alguna discapacidad deberán cumplir con los requisitos establecidos en los artículos Nº 53 y Nº 54 del presente reglamento, y no les será aplicado lo dispuesto en el inciso a) del artículo Nº 56, así como el artículo Nº 57 del presente reglamento.

 

Artículo 56º -Pérdida de la beca.

 

Se aplicará la condición de «Perdida de la Beca de Secundaria», cuando se presente cualquiera de las siguientes situaciones:

 

  1. Si el estudiante pierde el curso lectivo, automáticamente perderá el derecho a disfrutar de la beca concedida, salvo caso fortuito, debidamente justificado y comprobado ante y por el Departamento de Operaciones.
  2. La deserción del centro educativo o el abandono de los estudios.
  3. Que la información suministrada sobre la condición socioeconómica del beneficiario no fuere cierta de modo que no califique como de escasos recursos.

 

Artículo 57° -Incumplimientos por parte del Becado.

 

El Departamento Técnico de Planificación y Desarrollo examinará el rendimiento académico logrado por el beneficiario en cada período lectivo (el 100% de las asignaturas con notas superiores o iguales a la nota mínima establecida por el Ministerio de Educación Pública en cada periodo), lo que permite la autorización automática de los siguientes desembolsos. Las

asignaturas con notas inferiores a la mínima establecida por el Ministerio de Educación Pública se aplicaran de la siguiente forma:

  1. Con tres o más asignaturas en el primer período con nota inferior a la establecida por el Ministerio de Educación Pública y de continuar con la condición para el siguiente período se procederá a la suspensión del beneficio de la beca.
  2. Los estudiantes que superen el mínimo del punto anterior en su rendimiento académico se les suspende el beneficio de la beca. Salvo caso fortuito, debidamente justificado y comprobado ante y por el Departamento de Operaciones.

 

Montos de las Becas

 

Artículo 52° – Monto para Becas de Secundaria.

 

El monto de la beca se determinará en forma escalonada, y aumenta de acuerdo al grado educativo que se esté cursando, de modo tal que se convierte en un incentivo del éxito o aprovechamiento educativo. Según el nivel educativo que cursa el estudiante es el siguiente:

 

NIVEL MONTO DELA EDUCATIVO BECA (en colones)

 

NIVEL

MONTO

7° , 8° y 9°

35.000,00
10º y 11º 45.000,00

12°

50.000,00

 

Los montos presentados anteriormente se desembolsaran mensualmente, de la siguiente manera:

a) Renovaciones: se desembolsará a partir de la presentación de la solicitud por parte del beneficiario ante el Departamento de Operaciones de JUDESUR.

b) Nuevas solicitudes con Ficha de Inclusión Social vigente: se desembolsará a partir de la fecha de presentación de la solicitud ante el Departamento de Operaciones de JUDESUR por parte del estudiante.

c) Nuevas solicitudes que no posean ficha de Inclusión Social: se desembolsará a partir de la aprobación del beneficio por parte del Comité de Financiamiento. El monto de la beca se actualizará anualmente, con base en el porcentaje de inflación del año anterior determinado por el Banco Central de Costa Rica, sujeto a contenido presupuestario, a solicitud de la Jefatura del Departamento de Operaciones y deberá ser aprobado por la Junta